
Complementando la información del día martes 13, recién pasado que tiene relación de la sesión de sala Nº58 de la Cámara de Diputados en la que en términos generales el proyecto de ley de supresión del 6% del fondo de retiro fuera aprobado. Se adjunta detalle de la votación y su despacho a su segundo trámite constitucional al Senado.
Saluda atte.
Directiva de Chile Mi Patria A.G.
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"UNIDAD ES FUERZA"
Al Senado proyecto que perfecciona el régimen previsional de las FF.AA., de Orden y Gendarmería
Publicado el 13 de agosto del 2013

La iniciativa corrige distorsiones y homologa las diversas realidades presentes entre Dipreca y la Capredena. Asimismo, apunta a que todo el personal civil se asemeje al resto de los trabajadores chilenos que imponen a través del sistema de capitalización individual y restringe algunos beneficios actuales.
Por 100 votos a favor y 1 abstención, la Cámara aprobó el proyecto (boletín 8643) que perfecciona el sistema previsional de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública y Gendarmería de Chile. Sin embargo, durante la votación en particular, algunos de los artículos fueron rechazados.
La propuesta legal busca corregir distorsiones y homologar las diversas realidades presentes entre la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena). Asimismo, se pretende que todo el personal civil se asemeje al resto de los trabajadores chilenos que imponen a través del sistema de capitalización individual (DL 3500).
Entre las normas rechazadas, está el artículo 16, que incorporaba al personal civil de Gendarmería en el régimen previsional de Dipreca, reduciendo de quince a cinco años la exigencia de servicio efectivo dentro de una unidad penal.
También se rechazó la norma que eliminaba el beneficio del montepío para la cónyuge sobreviviente que contrajera nuevamente nupcias; el hijo o hija mayor de 18 años de edad y mayor de 24 años si estudiara. Sólo se mantenía en el caso de una invalidez o incapacidad absoluta; por una declaración ejecutoriada de nulidad o divorcio y por ser indigno de suceder al causante, declarado por sentencia judicial.
Asimismo, se rechazó que los civiles que ingresaran a las Fuerzas Armadas y a Carabineros, tras la publicación de esta ley, se rigieran por el sistema previsional de las AFP y al sistema de salud de los civiles.
Materias aprobadas
El texto legal dispone la eliminación de la cotización de 6%, para retiro de los pensionados y montepiados de la Capredena, y del 5.95% para los de la Dipreca, mayores de 65 años, en ambos casos.
Para los pensionados y montepiados cuyo monto de pensión sea inferior a $453.217, la eliminación total de la referida cotización para el fondo de retiro surtirá efecto a contar de la entrada en vigencia de la ley, mientras que para el resto de los pensionados y montepiados mayores de 65 años, la eliminación total de la cotización se producirá a contar del tercer año de vigencia de la ley, sin perjuicio de ver disminuida la misma a partir del primer año de vigencia.
Asimismo, la normativa dispone que el descuento del 0.5% destinado al Fondo de Revalorización de Pensiones para los pensionados y montepiados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, mayores de 65 años, sea redestinado al financiamiento de los fondos de salud de dicha entidad previsional, del Ejército, Armada y Fuerza Aérea de Chile, de tal forma de mejorar las prestaciones médicas y las coberturas que los planes de salud brindan a sus beneficiarios.
El proyecto también propone restringir, a una única vez, la reliquidación a que tienen derecho los pensionados que vuelven al servicio en otras plazas o empleos de las Fuerzas Armadas o Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones y que obtienen otra pensión de retiro, sujeto a la condición de ejercer una función adscrita al régimen previsional de la citada Dirección de Previsión y por un lapso no inferior a tres años consecutivos.
El texto legal fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional.
ESTADO ACTUAL DEL PROYECTO TRAS SU APROBACION EN LA CAMARA DE DIPUTADOS
- El proyecto fue aprobado en general por 100 votos a favor y 1 abstención siendo despachado a su segundo trámite constitucional al Senado.
- En particular, se rechazaron una serie de normas que modifican el Mensaje en relación a su contenido original.
- Por lo pronto, el corazón del proyecto, consistente en la eliminación del 6%, fue aprobado y no se aprecian mayores complicaciones para su aprobación definitiva en el Senado.
- Se rechazaron las normas relativas a:
- El articulo 16, referente a las normas de Gendarmería de Chile y la permanencia minima de 15 años en Unidades Penales como requisito para pensionarse por DIPRECA.
- Los artículos 9 y 14, más algunos numerales de los artículos 5, 7 y 10; que sacan de las Cajas a los empleados civiles y los lleva al régimen previsional del Decreto Ley 3.500 (AFP’s).
- Por ende, el resto del proyecto permanece en la forma en que ingresó a la Sala, y en respuesta a los intereses manifestados por Círculos y gremios de pensionados y montepiadas de FFAA y de Orden, se mantuvo el criterio del Ejecutivo en cuanto a la hija soltera y otros beneficiarios de pensión distintos del cónyuge.
- Asimismo, y a pesar de la gestiones con los Ministros de Hacienda y Defensa; no fue posible modificar la entrada en vigencia de la ley, en ninguna de las dos fórmulas pretendidas y que se materializaron a través de la presentación de 2 indicaciones nuestras: adelantar la entrada en vigencia al mes subsiguiente de la publicación, o beneficiar inmediatamente a los mayores de 80 años; cualquiera fuese su pensión.